Denuncia del Común de Villa y Tierra de Medinaceli contra el Duque don Juan Luis de la Cerda en 1588 (2ª parte)



   
    Continuando con el trabajo anterior donde conocíamos la primera parte de la denuncia interpuesta por el Común de Villa y Tierra de Medinaceli contra el Duque don Juan Luis de la Cerdaen el año 1588 ante la Real Chancillería de Valladolid, procedemos a continuar la relación de acusaciones vertidas por el Común desde el punto en el que lo dejábamos:


     26ª.- Que cuando el Duque o alguno de sus sirvientes debía realizar un viaje privado, “como es para ir a vuestra Corte y al Reino de Aragón y al Condado de Santamaría (30) y a otras partes”, enviaba a sus alguaciles a los concejos del Común a requisar los caballos necesarios, tanto de herradura como de rueda, para llevarlos a Medinaceli. “Y aunque sean cerriles y por domar los cargan y llevan en sus viajes por fuerza y contra la voluntad de mis representados, sin pagarles por ellos cosa alguna, a lo menos que justa sea”. Ante la falta de caballerías por este motivo los campos se dejaban de labrar, o en otros casos, los tratantes de “andar en sus tratos y granjerías”.

    27ª.- Que “por fuerza y contra la voluntad”, el Duque les obligaba a que cuando salía de Medinaceli a alguno de los lugares del Ducado, “para las examinadas de loba, a caza y montería”, le fuese llevada la ropa de cama necesaria, dar posada a todos sus criados y paja a las cabalgaduras, sin pagarles nada por ello.

       28ª.- Que cuando el Duque o sus Justicias querían hacer alguna fiesta en Medinaceli, enviaban a sus alguaciles a las aldeas del Común a requisar los toros para ella. De esta manera se  llevaban “los toros que tienen para padres de sus vacadas, y junto con ellos otras muchas vacas y bueyes de labor y novillos cerriles, y se los corren y hieren y maltratan. Y con los que les parecen buenos se los matan después de habérselos corrido sin pagarles por ello cosa alguna, a lo menos que justo sea”.

      29ª.- Que de igual manera para celebrar sus fiestas, el Duque enviaba a sus despenseros y criados a los concejos para llevarse los terneros y terneras de leche, destinados por los aldeanos para ser utilizados en su madurez en las tareas agrícolas, pagando por ellos el precio que querían.

      30ª.- Que desde hacía algunos años, “sin tener título, causa o razón alguna”, el Duque les obligaba a darle 50 “almargas” (31) de paja para consumo de sus caballos, las que cobraba en agosto en los lugares más próximos a  Medinaceli y de las personas que el Duque o sus criados elegían, sin pagarles nada por ellas.

      31ª.- Así mismo, el Duque les obligaba desde hacía algún tiempo a darle cada año la asombrosa cantidad de 1.000 gallinas y 500 pollos. Aves que después eran vendidas en beneficio suyo.

       32ª.- Que de la misma forma, les obligaba a pagarle al año un maravedí por cada cabeza de ganado lanar que poseyeran, alcanzando con ello un beneficio total de más de 3.000 ducados anuales (32).

       33ª.- “Que teniendo mis partes sus heredades propias de casas, tierras, prados, cortinas (33), huertos y huertas y otras heredades libres y sin pagar por ellas cosa alguna”, manteniéndose la costumbre inmemorial de apearlas y hacer sus deslindes, para saber por dónde se dividían y limitaban cada propiedad, desde hacía unos años el Duque y sus Justicias lo habían prohibido terminantemente.


Dos páginas del documento original. Fuente: PARES
    34ª.- Que siendo desde inmemoriales del concejo de Rata la llamada...


(Continúa)

©2018. Antonio Bueno Tabernero.

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Notas:

[30] El Señorío y posterior Condado del Puerto de Santa María pertenecía en su totalidad a la familia de la Cerda desde 1330.

[31] Especie de alpacas, balas de paja, de la época.




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