COFRADÍAS Y HERMANDADES DE MARANCHÓN EN 1770



Procesión del Corpus en Maranchón.



       Hoy queremos dar a conocer un curioso documento, fechado en Maranchón en 1770, donde se recogen las cofradías y hermandades existentes en aquel momento en la villa (1).

Este documento forma parte de los expedientes remitidos por el conde de Aranda relativos al estado de las cofradías, hermandades y congregaciones correspondientes al corregimiento de Soria, al cual Maranchón pertenecía administrativamente en aquella época. Esta documentación consta actualmente de cinco unidades documentales: la primera de ellas (2) corresponde al expediente remitido por Bernardo de Estrada, intendente de la provincia de Soria, al conde de Aranda (3) con el extracto del estado general de las congregaciones, cofradías y hermandades que había en los pueblos de dicha jurisdicción; en la segunda, tercera, cuarta y quinta unidad documental (4) se recopilan los informes enviados a la Intendencia de Soria desde cada localidad. El objetivo final era la elaboración de un Expediente General sobre el arreglo de Cofradías, Gremios y Hermandades que sería instruido por el Consejo de Castilla como consecuencia de una solicitud realizada por el obispo de Ciudad Rodrigo donde pedía remedio a los excesos cometidos en su diócesis por el aumento en el número de cofradías. El fiscal Campomanes, en febrero de 1769, expondría que la solicitud del obispo debía extenderse también al resto de las diócesis, proponiendo además la extinción de todas las cofradías gremiales según la pragmática de Carlos I dictada en 1552. También acusaba a las demás cofradías por distintos motivos: perjudicar los intereses de las parroquias; por sustraerse de la jurisdicción real y de los tributos, por excesos en las cuotas de los cofrades; por el elevado gasto en cera, por las comilonas que organizaban...

La formación de este Expediente sería larga y dificultosa, pues no concluiría hasta el año 1803, siendo además muy desigual y heterogénea: faltan informaciones de pueblos y de intendencias completas, o la información que éstas mandaron fue muy escasa. Aun así, constituye hoy en día una fuente fundamental para conocer el número y situación de las cofradías, gremios y congregaciones en aquella época, las fiestas que celebraban, sus ingresos y gastos y su situación legal.

Carlos III, en 1783, tras consultar con el Consejo de Castilla, dictaría una Real Orden sobre la extinción de las cofradías erigidas sin autorización real ni eclesiástica, permitiendo la subsistencia de las aprobadas y de las sacramentales previa reforma de sus excesos. Finalmente, en 1789, se promulgaría otra Real Orden por la que se enajenaban a favor de la Hacienda Real todos los bienes fundos pertenecientes a hospitales, hospicios, casas de misericordia, de reclusión y expósitos, cofradías, obras pías y patronatos legos (5).


Primera hoja del documento (A.H.N.).


Pero volviendo a la situación en Maranchón, el informe enviado a la intendencia de Soria fue el siguiente (6):

“Certifico y doy fe en la manera que puedo, yo, Tomás Tabernero, fiel de hechos de esta villa de Maranchón, que en dicha villa hay cuatro hermandades o cofradías. Son a saber, la del Santísimo, Asunción, la de la Sangre y Orden Tercera del serafín Francisco.

Certifico tiene la Cofradía del Santísimo de coste a cada uno de sus individuos, cuatro reales vellón de entrada, y anualmente real y medio a cada uno, para la cera que se gasta siempre que sale a enfermos o en procesión o se repone en la parroquia, la cual hermandad tiene de su fundación algunas misas, que su limosna se paga de otras entradas o de las rentas de dos tierras que tiene, y solo gastan los hermanos que por su antigüedad hacen de mayordomos (sin precisión alguna) de treinta a cuarenta pesos entre [los] dos, el día de la festividad del Señor; y esta hermandad está aprobada con bula pontificia.

Certifico que la Hermandad de la Asunción tiene de coste en su entrada cuatro ducados a cada un hermano y media fanega de trigo, y tiene cada día sábado una misa por su comunidad, y otros días de dotación; y cuando muere alguno se le celebra a costa de dicha congregación oficio y misa y se paga de otras entradas que suele haber anuales, y sus mayordomos no gastan en sus festividades ni un solo maravedí, pues solo hay función de iglesia de vísperas, procesión y misa a costa de la expresada, y el año que les parece a los hermanos el día del sitio o función de iglesia suelen hacer una comida a expensas de los dichos, que su escote suele ser ocho reales vellón, poco más o menos, y esta está aprobada por el Ordinario.

Certifico que la Hermandad de la Sangre, no tienen sus mayordomos gastos ningunos, la entrada es de diez y ocho reales vellón, y estas entradas se distribuyen [en] sus misas situadas, y esta [hermandad] está pasada por el Ordinario.

Certifico que la Hermandad de Terceros no tiene más coste que dos reales vellón de entrada, intitulada limosna; que tiene de dos a dos o tres años que dar cada hermano [de] limosna voluntaria tres cuartillos de trigo para la cera que gasta en sus ejercicios, los que se aplican por dichos hermanos y se les dice a cada uno en su fallecimiento una misa; y esta no tienen sus hermanos ni síndicos gasto alguno. Y está aprobada por el General franciscano.

Certifico que anualmente se nos pasan de gastos de propios algunas funciones de iglesia como son especificadas en varios testimonios y en el arreglo que por la contaduría se nos tienen señalados, como son San Marcial, San Ginés, San Francisco, San Juan, y solo se gasta lo situado.

Certifico que en algunos otros días festivos suelen pedir algunos vecinos voluntariamente al señor cura la función de iglesia y púlpito, y hacen su función de iglesia, y si voluntariamente hacen algún gasto se extenderá a dos o tres pesos.

Certifico que en el día de San Blas suelen los vecinos voluntariamente dar una caridad si quieren los devotos a sus expensas, que su coste será cuarenta pesos poco más o menos; y que en esta villa ni hermandades no hay obligación de que sus priostes ni mayordomos gasten un solo maravedí, pues cuando gastan lo relacionado al poco más o menos es voluntariamente; y para que conste donde convenga lo firmo, junto con el señor alcalde por ausencia del otro, en dicha villa de Maranchón, y octubre veinte de mil setecientos y setenta.
Juan Martínez. Por su mandado, Tomás Tabernero, fiel de hechos”.

    Escrito en el margen izquierdo se encuentra esta anotación: “valga por papel de oficio por no haberlo en el día en esta villa = Tabernero”.

En cuanto a los libros conservados hoy en el Archivo Diocesano de Sigüenza referentes a estas hermandades y cofradías, son los siguientes:

Cofradía del Santísimo Sacramento: un libro de Cuentas, Ordenanzas e Inventario (1669-1774), y otro de Cuentas (1904-1985).
Hermandad de la Asunción: un Libro de Cuentas (1675-1777), y otro de Ordenanzas y Cuentas (1796).
- Hermandad de la Orden Tercera de San Francisco: Un libro (fragmento) de Nombramiento de Oficiales de la Orden Tercera (1755-1779), un libro de Cuentas (1894-1995), y otro de Cuentas (extracto) (1971-1978).
Hermandad de la Sangre: no se han encontrado.


©2022 Antonio Bueno Tabernero

Registrado en Safe Creative con Código de registro: 2208081743764

Notas:

(1) Según el Censo de Floridablanca, en 1787 Maranchón contaba con 667 habitantes, siendo asistido por un cura, un vicario, dos capellanes y un sacristán.

(2) Archivo Histórico Nacional: CONSEJOS,7098,Exp.23,N.1

(3) Pedro Pablo Abarca de Bolea y Ximénez de Urrea, X conde de Aranda, presidente del Consejo de Castilla entre 1766 y 1773.

(4) A.H.N.: CONSEJOS,7098,Exp.23,N.2; CONSEJOS,7098,Exp.23,N.3; CONSEJOS,7098,Exp.23,N.4 y CONSEJOS,7098,Exp.23,N.5

(5) Descripción documental extraída de: Pares.mcu.es/

(6) A.H.N.: CONSEJOS,7098,Exp.23,N.3, (fol.92 y ss)


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